En sesiòn kilomètrica de JD de la FCA ayer lunes por la noche en el estadio nacional se analizò concienzudamente el legajo de todo lo suscitado a raìz del fallido match. El presidente quedò a cargo
de la redacciòn y comunicaciòn, primeramente, con las autoridades del torneo (arbitro principal y director), para posteriormente comunicarles el por tanto a las partes. Apenas tengamos el comunicado lo publicaremos.
CON USTEDES, MIENTRAS, LES DAMOS A CONOCER EL RECURSO APELATORIO PRESENTADO POR CCDR MORAVIA ELITE ANTE EL CRITERIO EMITIDO POR EL COMITE DE APELACIONES.
Moravia, 25 de agosto del 2013.
de la redacciòn y comunicaciòn, primeramente, con las autoridades del torneo (arbitro principal y director), para posteriormente comunicarles el por tanto a las partes. Apenas tengamos el comunicado lo publicaremos.
CON USTEDES, MIENTRAS, LES DAMOS A CONOCER EL RECURSO APELATORIO PRESENTADO POR CCDR MORAVIA ELITE ANTE EL CRITERIO EMITIDO POR EL COMITE DE APELACIONES.
Moravia, 25 de agosto del 2013.
Señores
Junta Directiva
Federaciòn Central de Ajedrez
Presente.
Estimados Señores
Por este medio reciban sinceras muestras de consideración y respeto.
A raíz de fallo del Comité de Apelaciones del Campeonato Nacional por Equipos, en su etapa de liga de ascenso ò conocida como COPA Federación, en relación a recurso apelatorio incoado ante ellos por el equipo de Santa Rosa a raíz de fallo en contrario de la estancia primera, sea: la Sra AF Carolina Muñoz Solìs y el Sr Oliverio Vargas Villalobos, ambos en carácter y razón de los cargos de árbitro principal y director general del torneo.
Esta última resolución del respetado Órgano, determina darle la razón al reclamo a la divisa de Santa Rosa, por según ellos, hallar seis motivos de fondo y uno de forma. Los seis motivos de fondo lastimosamente no se citan ni se describen su análisis y el de forma, pues da piè para la resoluciòn final, a criterio de los honorables integrantes de dicho Comitè para darle la razòn a los heredianos.
Resolución que de manera formal nos abocamos a ejercer nuestro derecho de recurrirla, esta vez, ante la instancia establecida en las bases de competencia como Organo en Alzada. La resolución acá recurrida, si bien es cierto la respetamos pero no estamos de acuerdo con ella, por lo siguiente:
CONSIDERACIONES:
-La resoluciòn primera tocò el tema de fondo que el Comitè de Apelaciòn arguye como fundamento único para resolver.
-En la primera instancia se hizo un estudio y ànalisis integral del conflicto. Incluso fue màs allà de su àmbito con la sana pretensión de emanar una resolución justa y documentada. Acto este que hemos aplaudido por que viene a sentar jurisprudencia sobre esta temàtica de evento que tiene una dinàmica muy especial.
-En la etapa primera se brindò a las partes de aportar pruebas, descargos y sano ejercicio de exposición de motivos y tras un sosegado estudio -debido a lo delicado del tema- se resolvió darnos la razòn en virtud de que quedò muy claramente demostrado y asì aceptado por la contraparte, de que:
1-la sede principal era Escazù.
2-de que no se le avisò a nuestra capitana, ni por el medio de teléfono ni por email.
3-la contraparte aceptò que usò o intentò comunicar por medios no oficiales o formales.
4-quedò demostrado que las autoridades inscritas como tales de parte del equipo visita nunca fueron comunicados de la decisión de cambio de sede.
5-no consta, no fue corroborado que el actor que citan como clave para resolver los Señores del Comitè de Apelaciòn, sea el arbitro local, que tambièn se encontraba -obviamente- en la sede alterna, que este halla cotejado, revisado que si el cambio de sede se habia hecho en tiempo y forma, ni tampoco consta que halla tenido toda esa informaciòn y las bases mismas, para resolver de manera puntual y a conciencia, antes del formalismo de firmar una hoja de resultados con la versiòn de una sola de las partes, en este caso la infractora y beneficiada.
6-los Señores del Comitè de Apelaciones obvìan analizar si el equipo y su arbitro que reclaman los 4 puntos, hicieran el proceso primero e importantisimo de hacer el cambio de sede de manera adecuada. Hecho este, que si fue analizado y corroborado en la instancia del àrbitro principal. Quièn al final de su proclama dice, en su esencia: no consta a esta autoridad ni al director del torneo que el capitàn y dueño de la franquicia de Santa Rosa, halla enviado el correo comunicando el cambio de sede a la capitana y a nosotros como responsables del evento.
7-es lamentable ver en las apelaciones y respuestas del responsable de Santa Rosa, que jocosamente y contra la inteligencia de todos, principalmente de la organizaciòn del evento, cuando dice: en ningun lado dicen las bases que estamos obligados a comunicar el cambio de sede; esa diligencia les tocaba al otro equipo...!!!!!!
PETITORIA:
1-Solicitamos con todo respeto se tenga como un todo todos los documentos y pruebas allegadas a ambas instancias y se estructure como corresponde un ùnico expediente y que sea conocido por el pleno de la JD de la FCA.
2-Solicitamos se nos otorguen los cuatro puntos del match fallido, causado directamente por el equipo casa, quien de manera omisa y confesa, cambiò antojadizamente de sede y sin agotar la màs minima formalidad de avisar a su equipo rival.
3-solicitamos dado a estas alturas el gran impacto negativo a la imàgen del torneo y a todos los participantes y a la misma organizaciòn del evento, a que se le sanciones con las multas establecidas por la incomparencia. Incomparecencia que obedece a una gran negligencia operativa y que no es, de recibo, que aùn ante abrirse el caso al pùblico el mostrar una actitud de mea culpa sino el buscar pescar en aguas revueltas con argumentos pueriles y que como señalabamos antes, hasta burlesco y falta de respeto para nuestro equipo y todos los demàs participantes.
Sin màs por el momento y en espera de una justa resoluciòn apegada a las leyes del ajedrez universalmente aceptadas y observadas. Aportamos recibo de cancelaciòn del depòsito de reclamo, hecho directamente al Sr tesorero de la FCA en su propia sede.
Atentamente
Olga Leticia Gamboa ALvarado
Capitana
CCDR MORAVIA ELITE
CEDULA: 7199325
TELEFONO: 89485454
EMAIL: the_tisha23@hotmail.com
Dizan Ernesto Alvarado
Representante Legal de PasionAjedrez.com S.A
dueña de la franquicia: CCDR Moravia èlite.
CEDULA: 155800747501
TELEFONO: 8925-7070
EMAIL: dear59@hotmail.com